Esta Resolución requiere para su validez de la aprobación del Gobierno Nacional, de acuerdo con el numeral 6. literal A) del artículo 25 del Decreto 737 de abril 30 cíe 1971.
Dada en Cali, a los 15 días del mes de abril de 1980.
El Presidente, Andrés Arroyo Cajiao.
La Secretaria, Rosario' Moreno Oliver»