Micelio

Artículo 100

Ley 101 de 1993 · Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta Ley rige a partir de la fecha de su promulgación, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

De las organizaciones de cadena en el sector agropecuario, forestal, acuícola y pesquero

(Adicionado por: Art. 1 Ley 811 de 2003 )

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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