El Comité de Clasificación de Películas contará con tres (3) Asistentes designados por el Ministro de ternas que para cada caso envíe la Junta de Clasificación al Ministro.
En caso de que no se presenten las ternas en los ocho (8) días siguientes a la solicitud, el Ministro designar a los Asistentes.
PARÁGRAFO. Los Asistentes se pagarán con cargo a los derechos de los solicitantes y tendrán los mismos honorarios de los Miembros del Comité de Clasificación de Películas, siempre y cuando no fueren funcionarios públicos.