Con fundamento en el ordinal c) del artículo 1° de la misma Ley 71 de 1946 , la Nación cooperará con la cantidad de cincuenta mil pesos ($ 50.000) para las obras de ensanche del acueducto de la cuidad de Palmira, y con la de doscientos mil pesos ($ 200.000) para la obra de canalización y arreglos del zanjón o rio Palmira, en una extensión de dos medio kilómetros, dentro del perímetro de la ciudad de Palmira.
Ley 47 de 1947 →Vigente
Artículo 3
Ley 47 de 1947 · Por el cual se provee por la Nación al ensanche y terminación de algunas obras en la ciudad de Palmira, en desarrollo de la Ley 71 de 1946, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.