ARTICULO 4 º Las autoridades de Tránsito y los alcaldes tomarán las medidas necesarias para garantizar el normal funcionamiento de las diferentes rutas de transporte el día de elecciones, pudiendo modificarlas, si las circunstancias así lo requieren.
Decreto 525 de 1994 →Vigente
Artículo 4
º Las Autoridades De Tránsito Y Los Alcaldes Tomarán Las Medidas Necesarias Para Garantizar El Normal Funcionamiento De Las Diferentes Rutas De Transporte El Día De Elecciones, Pudiendo Modificarlas, Si Las Circunstancias Así Lo Requieren
Decreto 525 de 1994 · Por el cual se dictan medidas para garantizar el Servicio de Transporte durante los días de elecciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.