Micelio

Artículo 204

Derogado

Ley 79 de 1931 · Orgánica de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Salvo los manifiestos relativos a equipajes, correos, o encomiendas postales que se transporten sin conocimiento de embarque, o cuando la ley no exija factura consular, todos los manifiestos de importación irán acompañados del respectivo conocimiento de embarque de la mercancía, de la factura consular, y de los demás documentos que exijan en la ley o los reglamentos. Por medio de reglamento aprobado por la Junta General de Aduanas, podrá el Director General exigir que el conocimiento de embarque o el manifiesto de aduana, o ambos, estén autenticados por el transportador que haya traído la mercancía a la República o la haya entregado a la aduana. Vigente desde: 19/06/1931 y hasta el: 25/10/1984

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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