Del movimiento de personal con ocasión de las reformas en las plantas. Siempre que se reforme total o parcamente la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación, los empleados que hubieren venido prestando sus servicios de acuerdo con su incorporación en la planta anterior y se los incorporare en cargos establecidos por la reforma, deberán cumplir las reglas siguientes como requisito para entrar a. ejercerlos: 1.none No será necesario requisito distinto al de la firma del acta de posesión o de la primera nómina posterior a la nueva incorporación
Cuándo el cargo establecido en la reforma sea igual al anterior en sus funciones, deberes, responsabilidades y requisitos para su ejercicio, aun cuando difieran su denominación y grado de remuneración.
Cuando las funciones del cargo establecido en la reforma sean similares, aunque no sean iguales a las del anterior, y los requisitos para su ejercicio sean los mismos 2.none La incorporación requerirá tanto posesión posterior como comprobación previa de los requisitos exigidos para ejercer el cargo establecido eh la reforma: a) Cuando la reforma suprimiere el cargo establecido en la planta anterior, y la incorporación destinare al funciona-funciones y diferentes requisitos mínimos para su ejercicio. b) Cuando la reforma reclasifique el empleo ejercido en la planta anterior y aquel a que se acceda tuviere distintas río un cargo de mayor jerarquía o de diferentes funciones, dentro de la misma denominación.