º Registro de los recaudos . El registro de los recaudos de la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero se efectuará de la siguiente manera
Los recaudadores de la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero, por concepto de carne, suscribirán, previo al sacrificio, una planilla por triplicado, la cual contendrá los siguientes datos
Nombre e identificación del recaudador;.
Fecha y lugar del sacrificio de ganado;
Especie sacrificada;
Origen municipal del ganado sacrificado;
Cantidad de cabezas de ganado sacrificadas
Valor recaudado.
Los recaudadores de la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero, por concepto de leche, por cada compra o por cada operación de comercialización o procesamiento directo por parte del productor, según sea el caso, suscribirán una planilla por triplicado, la cual contendrá los siguientes datos
Nombre e identificación del recaudador;
Fecha y lugar de la transacción;
Origen municipal de la leche;
Cantidad de leche;
Valor recaudado.
En ningún caso podrá haber doble recaudo de la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero por un mismo litro de leche vendida o cabeza de ganado por sacrificar.
Los recaudadores de las Cuotas de Fomento Ganadero y Lechero deberán llevar un registro contable del recaudo, en el cual se anotarán los siguientes datos
Fecha y número de la planilla de recaudo de la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero.
Cantidad y especie de ganado sacrificado.
Cantidad de leche comprada a los productores o comercializada o procesada directamente por estos últimos.
Valor recaudado en cada caso por concepto de la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero correspondiente.