Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la vigencia fiscal en curso, con la cantidad de dos millones quinientos mil pesos ($ 2.500.000.00) moneda corriente, así: Recursos del Crédito. Numeral 158. Producto de la emisión de Pagarés números 1 a 5, sin intereses, expedidos a favor del Instituto de Fomento Algodonero, autorizado por Decreto legislativo 2030 de 1953 $ 2.500.000.00
Decreto 2330 de 1953 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2330 de 1953 · Por el cual se abre un crédito adicional -extraordinario- al Presupuesto para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Agricultura y Ganadería)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.