El Gerente de la Corporación y los miembros de la Junta Directiva que no asistan a la misma en su calidad de empleados públicos, se posesionaran ante el Gobernador del Departamento de Caldas. Los demás funcionarios o empleados de la corporación lo harán ante el funcionario competente de acuerdo con las normas pertinentes.
Decreto 2368 de 1972 →Vigente
Artículo 39
El Gerente De La Corporación Y Los Miembros De La Junta Directiva Que No Asistan A La Misma En Su Calidad De Empleados Públicos, Se Posesionaran Ante El Gobernador Del Departamento De Caldas
Decreto 2368 de 1972 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Corporación Regional Autónoma para la Defensa de las ciudades de Manizales, Salamina y Aranzazu
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.