Micelio

Artículo 39

El Gerente De La Corporación Y Los Miembros De La Junta Directiva Que No Asistan A La Misma En Su Calidad De Empleados Públicos, Se Posesionaran Ante El Gobernador Del Departamento De Caldas

Decreto 2368 de 1972 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Corporación Regional Autónoma para la Defensa de las ciudades de Manizales, Salamina y Aranzazu

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gerente de la Corporación y los miembros de la Junta Directiva que no asistan a la misma en su calidad de empleados públicos, se posesionaran ante el Gobernador del Departamento de Caldas. Los demás funcionarios o empleados de la corporación lo harán ante el funcionario competente de acuerdo con las normas pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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