Micelio

Artículo 7

Integrantes De La Mesa Nacional Del Snais

Decreto 1085 de 2021 · Por el cual se reorganiza el Sistema Nacional de Acompañamiento Social e Infraestructura Social al Programa de Vivienda Gratuita y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Integrantes de la Mesa Nacional del SNAIS. La Mesa Nacional del Sistema Nacional de Acompañamiento Social e Infraestructura Social al Programa de Vivienda Gratuita estará integrada por los siguientes funcionarios, quienes contarán con voz y voto para la toma de decisiones

1.

El Ministro del Interior o su delegado.

2.

El Ministro de Justicia y del Derecho o su delegado.

3.

El Ministro de Defensa Nacional o su delegado.

4.

El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado.

5.

El Ministro del Trabajo o su delegado.

6.

El Ministro de Educación Nacional o su delegado.

7.

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado, quien la presidirá.

8.

El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social o su delegado.

9.

El Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas -UARIV o su delegado.

10.

EI Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF o su delegado.

11.

EI Director de la Policía Nacional o su delegado.

12.

EI Director del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA o su delegado.

Parágrafo 1

Los funcionarios que deleguen los integrantes de la Mesa Nacional del SNAIS para asistir a las sesiones de la misma, deberán ejercer un cargo de nivel directivo o asesor dentro de la entidad respectiva.

Parágrafo 2

Sin perjuicio a lo dispuesto en este artículo, se podrá invitar a las sesiones por iniciativa de alguno de los integrantes, a funcionarios y/o representantes de otras entidades públicas y privadas para analizar y articular temas relacionados con las funciones a su cargo. Estos invitados asistirán con voz, pero sin voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1085 de 2021