Vigencia . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y en especial los artículos pertinentes de la Ley 86 de 1988 y los Decretos 1255 y 1261 de 1990.
Decreto 1668 de 1997 →Vigente
Artículo 14
Decreto 1668 de 1997 · por el cual se suprime el Fondo de Previsión de Notariado y Registro "Fonprenor" y se ordena su liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.