Micelio

Artículo 8

Para Comisiones En El Exterior De Empleados Cuyos Sueldos Estén Comprendidos Entre Diez Mil Doscientos Y Doce Mil Seiscientos Pesos Mensuales, Podrán Autorizarse Viáticos Hasta Por La Suma De Sesenta Y Cinco Dólares Estandinenses Diarios

Decreto 1436 de 1975 · Por el cual se dictan normas sobre viáticos, gastos de representación y pasajes en el servicio oficial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para comisiones en el exterior de empleados cuyos sueldos estén comprendidos entre diez mil doscientos y doce mil seiscientos pesos mensuales, podrán autorizarse viáticos hasta por la suma de sesenta y cinco dólares estandinenses diarios. Para estos mismos empleados, en cumplimiento de comisiones dentro del territorio nacional, la suma diaria será hasta de quinientos pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1436 de 1975