Será obligación del Superintendente rendir un informe anual al Presidente de la Republica, en el cual dará cuenta de sus labores y del movimiento de las Sociedades Anónimas durante tal período, para lo cual incluirá los siguientes datos:
I Censo de las Sociedades Anónimas
II Consolidación de aquellos renglones de los balances de las Sociedades que lo permitan.
III Síntesis de balances generales
IV Sociedades en liquidación
V Datos estadísticos sobre movimientos de valores bursátiles
VI Balance de las cuentas de la Superintendencia.
VII Nómina del personal.
VII Comentarios y recomendaciones