Micelio

Artículo 7

º La Sociedad Fiduciaria La Previsora Ltda

Decreto 1215 de 1989 · Por el cual se dictan normas sobre la liquidación del Fondo de Reconstrucción -Resurgir-.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Sociedad Fiduciaria La Previsora Ltda., tendrá derecho a recibir una comisión por su gestión y por el término que dure el proceso de liquidación igual a la que rija para el Fondo Nacional de Calamidades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1215 de 1989