Micelio

Artículo 14

Decreto 724 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente el Título de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la expedición de licencias y registros sanitarios, protección, empaque, comercialización y control de la sal para consumo humano y se dictan otras disposiciones sobre la materia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ROTULOS DE LOS ENVASES Y EMPAQUES DE LA SAL PARA CONSUMO HUMANO. Los rótulos y envases de la sal para consumo humano deberán contener la siguiente información: - Nombre del producto, identificado con la siguiente leyenda: "Sal refinada para consumo humano" o "sal refinada para uso de la industria alimentaria. - Marca comercial o razón social. - Dirección del procesador o reempacador. - Contenido neto, expresando en gramos. - Contenido de flúor y yodo, expresado en ppm. - Número del registro sanitario expedido por el Ministerio de Salud, o la autoridad delegada. - Número de la licencia sanitaria de funcionamiento de la fabrica expedida por las Direcciones Seccionales y Distritales de Salud las entidades que hagan sus veces. - Industria colombiana cuando sea del caso o industria seguido del país de origen del procesador o reempacador, incorporando al rótulo la razón social del importador-comercializador y su domicilio. - Las demás leyendas que el Ministerio de Salud considere convenientes.

Parágrafo 1

A partir de la vigencia del presente Decreto toda sal refinada para consumo humano que se procese, reempaque o comercialice, deberá ir en empaque con rótulo de fondo verde.

Parágrafo 2

El procesador deberá identificar los empaques con un código o número de lote de producción, cuya clave deberá presentar al Ministerio de Salud o a su autoridad delegada, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes al momento del proceso, para efectos del ejercicio de las funciones de control y vigilancia. CAPITULO V. DE LA LICENCIA Y REGISTRO SANITARIO.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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