Artículo segundo. Para perpetuar el recuerdo de este acontecimiento histórico, el Gobierno Nacional queda autorizado de acuerdo al numeral 11, artículo 76 de la Constitución y en desarrollo del numeral 20 del mismo artículo y en concordancia con el artículo 79 de la Carta, a desarrollar las siguientes obras en el Municipio de Mahates, así:
Construcción de un hospital materno infantil y una sala de urgencias con la dotación de los equipos e instrumentos indispensables para la prestación de los servicios médico-asistenciales.
Construcción y dotación de puestos de salud en cada uno de los corregimientos del citado municipio.
Ampliación y remodelación del Colegio Nacionalizado de Bachillerato "Lázaro Martínez Olier".
Construcción del alcantarillado sanitario.
Pavimentación de las calles.
Pavimentación asfáltica del carreteable que de la Carretera Troncal de Occidente llega hasta el Municipio de Calamar, pasando por el Municipio de Mahates.
Construcción de la Casa de la Cultura.
Apertura de una oficina de la Caja Agraria, e
Instalación del servicio telegráfico y telefónico.