Micelio

Artículo 4

En Desarrollo De Sus Objetivos, El Sanatorio Cumplirá Las Siguientes Funciones: A) Administrar La Atención Médica De Los Enfermos De Hansen Y La De Sus Convivientes; B) Asistir A Los Inválidos Y Enfermos Albergados En Las Instituciones Oficiales Dependientes Del Sanatorio; C) Llevar A Cabo Programas De Rehabilitación Física Y Social Para Los Enfermos De Hansen; D) Administrar Las Instituciones Oficiales Dedicadas Al Internamiento O Albergue De Enfermos De Hansen Y Demás Que Sean Puestas Bajo Su Dependencia; E) Administrar Los Auxilios Destinados Para Los Enfermos De Hansen De Su Respectiva Jurisdicción De Acuerdo Con Las Disposiciones Vigentes; F) Las Demás Funciones Que Le Encomiende O Delegue El Ministerio De Salud, De Acuerdo Con La Ley

Decreto 2546 de 1983 · por el cual se aprueban los Estatutos del Sanatario de Agua de Dios, Cundinamarca.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En desarrollo de sus objetivos, el Sanatorio cumplirá las siguientes funciones

a)

Administrar la atención médica de los enfermos de Hansen y la de sus convivientes;

b)

Asistir a los inválidos y enfermos albergados en las instituciones oficiales dependientes del Sanatorio;

c)

Llevar a cabo programas de rehabilitación física y social para los enfermos de Hansen;

d)

Administrar las instituciones oficiales dedicadas al internamiento o albergue de enfermos de Hansen y demás que sean puestas bajo su dependencia;

e)

Administrar los auxilios destinados para los enfermos de Hansen de su respectiva jurisdicción de acuerdo con las disposiciones vigentes;

f)

Las demás funciones que le encomiende o delegue el Ministerio de Salud, de acuerdo con la ley.

Parágrafo

Para el cumplimiento de los anteriores objetivos, el Sanatorio implantará los subsistemas de inversión, información, planeación, suministros y personal, de acuerdo con lo ordenado por el Decreto 526 de 1975. CAPITULO II Organos de dirección y administración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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