Micelio

Artículo 1

Ley 27 de 1942 · Por la cual se da una autorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación, por medio de su representante en dicha empresa, que lo es el Ministro de Obras Públicas, otorgará, simultáneamente con el Departamento, la correspondiente escritura de cesión al Municipio de Villeta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 27 de 1942