Cualquiera de los Municipios enumerados en este articulo, que durante las dos vigencias fiscales subsiguientes al cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 6° de la Ley 2ª de 1943 y 12 y 15 del presente Decreto, no organice y recauda rentas por un valor mínimo de $ 6.000 anuales, o no tenga el número de habitantes que la ley requiere para que una parte del territorio pueda ser Municipio, quedará automáticamente suprimido como tál, y seguirá subsistiendo como Corregimiento.
Decreto 2451 de 1943 →Vigente
Artículo 23
Cualquiera De Los Municipios Enumerados En Este Articulo, Que Durante Las Dos Vigencias Fiscales Subsiguientes Al Cumplimiento De Lo Dispuesto En Los Artículos 6° De La Ley 2ª De 1943 Y 12 Y 15 Del Presente Decreto, No Organice Y Recauda Rentas Por Un Valor Mínimo De $ 6
Decreto 2451 de 1943 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 2ª de 1943, sobre administración de las Intendencias y Comisarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.