Micelio

Artículo 10

La Prima De Alojamiento Se Pagará Por Mensualidades Vencidas, Mientras Se Halle Vigente La Resolución Que La Decretó

Decreto 475 de 1946 · Por el cual se reglamenta el artículo 16 de la Ley 74 de 1945

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La prima de alojamiento se pagará por mensualidades vencidas, mientras se halle vigente la resolución que la decretó. Comuníquese y Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 475 de 1946