La calidad de estudiante se reconocerá a quienes hayan sido admitidos a programas de pregrado, de postgrado, extensión y educación continuada que cumplan los requisitos definidos por la universidad y se encuentren debidamente matriculados. Esta calidad únicamente se perderá o se suspenderá en los casos que específicamente determine los reglamentos.
El Consejo Superior Universitario, adoptará el estatuto estudiantil que regulará al menos los siguientes aspectos: requisitos de inscripción, admisión y matrícula, derechos y deberes, distinciones e incentivos, régimen disciplinario y demás aspectos académicos de conformidad con las normas vigentes.
Otras disposiciones