Micelio

Artículo 11

Decreto 1000 de 1986 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las visas diplomática, oficial, de servicio, de cortesía, especial de residente para refugiados y asilados, ordinaria CIM, las tarjetas de tránsito, turismo, turismo con automóvil y el permiso especial de tránsito fronterizo están exentas del impuesto de timbre, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. Las visas temporal, ordinaria, de residente, de negocios, de estudiante y de turismo, estarán sujetas a las tarifas vigentes, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados, convenios, acuerdos y demás compromisos internacionales de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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