Micelio

Artículo 4

Ley 748 de 2002 · por la cual la Nación exalta la memoria, vida y obra del escultor antioqueño Rodrigo Arenas Betancourt.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En memoria y honor permanente al nombre del escultor antioqueño y para testimoniar ante la historia la importancia de sus aportes a la consolidación del desarrollo del país nacional y especialmente del pueblo antioqueño, ordenase realizar acciones, actividades y obras que sitúen su vida y obra como Paradigma para las futuras generaciones de colombianos.

Autorízase igualmente la expedición de una estampilla por un monto total que no supere los treinta mil millones de pesos ($30.000.000.000), para garantizar el funcionamiento del centro de formación artística y cultural, que llevará el nombre del ilustre maestro; en tal sentido quedará facultada la Asamblea Departamental de Antioquia y los Concejos Municipales del mismo departamento, para determinar los hechos gravables y la cuantía de los mismos, que en ningún caso podrá superar el uno por ciento (1%) del hecho gravado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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