En memoria y honor permanente al nombre del escultor antioqueño y para testimoniar ante la historia la importancia de sus aportes a la consolidación del desarrollo del país nacional y especialmente del pueblo antioqueño, ordenase realizar acciones, actividades y obras que sitúen su vida y obra como Paradigma para las futuras generaciones de colombianos.
Autorízase igualmente la expedición de una estampilla por un monto total que no supere los treinta mil millones de pesos ($30.000.000.000), para garantizar el funcionamiento del centro de formación artística y cultural, que llevará el nombre del ilustre maestro; en tal sentido quedará facultada la Asamblea Departamental de Antioquia y los Concejos Municipales del mismo departamento, para determinar los hechos gravables y la cuantía de los mismos, que en ningún caso podrá superar el uno por ciento (1%) del hecho gravado.