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Artículo 1.6.1.30.1

Sujetos Que Podrán Solicitar La Devolución Del Impuesto Sobre Las Ventas -Iva Pagado En La Adquisición De Bienes O Servicios Gravados En El Territorio Nacional

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sujetos que podrán solicitar la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA pagado en la adquisición de bienes o servicios gravados en el territorio nacional. Los sujetos que podrán solicitar la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA pagado en la adquisición de bienes o servicios gravados en el territorio nacional, son los siguientes

1.

Los sujetos de que trata el artículo 1.8.4.1.1. del presente decreto, desde la vigencia de la Ley 2154 de 2021, es decir desde el primero (1°) de septiembre de 2021 y un mes después de la fecha en que se lleve a cabo la final de la competencia deportiva.

2.

Los sujetos de que trata el artículo 1.8.4.2.1. del presente Decreto y dentro del término previsto en esa misma disposición reglamentaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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