ARTICULO 128. Además de las funciones asignadas por la ley, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar participará en el desarrollo de políticas y programas fijados por el Consejo Nacional del Anciano en los aspectos de sus relaciones familiares, asistencia nutricional, y en la promoción de su vinculación a actividades comunitarias y sociales.
Decreto 1471 de 1990 →Vigente
Artículo 128
Además De Las Funciones Asignadas Por La Ley, El Instituto Colombiano De Bienestar Familiar Participará En El Desarrollo De Políticas Y Programas Fijados Por El Consejo Nacional Del Anciano En Los Aspectos De Sus Relaciones Familiares, Asistencia Nutricional, Y En La Promoción De Su Vinculación A Actividades Comunitarias Y Sociales
Decreto 1471 de 1990 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.