Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes
Planificar, supervisar y coordinar la evaluación y el seguimiento del Sistema de Control Interno del Ministerio con enfoque basado en riesgos, control preventivo, operativo, de gestión y posterior, así como fomentar su implementación y difusión, de conformidad con los lineamientos institucionales y normativos vigentes.
Verificar la definición, la ejecución y el cumplimiento de los controles establecidos para los procesos del Ministerio, de acuerdo con los lineamientos institucionales y normativos vigentes.
Supervisar la observancia de normas, políticas, directrices, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Ministerio y proponer las modificaciones pertinentes, siguiendo los lineamientos institucionales.
Vigilar el cumplimiento de los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y sistemas de información del Ministerio y proponer medidas correctivas, en concordancia con los lineamientos institucionales.
Verificar y evaluar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana que adopte el Ministerio, de acuerdo con la normativa vigente.
Informar a los directivos sobre el estado del control interno del Ministerio, incluyendo debilidades y fallas en su cumplimiento, de conformidad con la normativa aplicable.
Asesorar a las dependencias del Ministerio en la implementación de medidas de mejora sugeridas por los organismos de control, y proveer apoyo en la toma de decisiones para lograr los resultados deseados, teniendo en cuenta los objetivos Institucionales.
Comunicar la comisión de los hechos presuntamente irregulares a los organismos competentes, en concordancia con la normativa vigente.
Asesorar a las dependencias del Ministerio en la identificación y prevención de riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos, de acuerdo con los lineamientos institucionales.
Las demás que le sean asignadas y que le correspondan por su naturaleza.