°. Funciones del Ministerio de Minas y Energía
Suministrar oportunamente por intermedio de la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la Agencia Nacional de Minería las proyecciones de ingresos del Sistema General de Regalías necesarias para la elaboración del plan de recursos.
Determinar las asignaciones directas entre los beneficiarios a los que se refiere el inciso 2° del artículo 361 de la Constitución Política, en concordancia con los criterios señalados por este decreto.
Fiscalizar la exploración y explotación de los recursos naturales no renovables.
Adelantar las actividades de conocimiento y cartografía geológica del subsuelo colombiano.
Acompañar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la presentación del proyecto de ley de presupuesto del Sistema General de Regalías.
Las demás que se señalen en el presente decreto.
Las anteriores funciones se cumplirán de conformidad con los mandatos legales sobre competencias contenidos en la normativa vigente.