Micelio

Artículo 1

Decreto 595 de 1963 · Por el cual se reglamenta el artículo 2º de la Ley 143 de 1948, y se organiza una Facultad de Contaduría

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. En Barranquilla funcionará una Facultad Nacional de Contaduría, que tendrá como plantel anexo la Escuela Nacional (o Instituto Técnico Nacional), de Comercio del Caribe, Facultad cuyo plan de estudios será el señalado en el Decreto número 2116 del 1º de agosto de 1962, quedando, además, sujeta a las restantes disposiciones contenidas en el mencionado Decreto.

Parágrafo

Quienes hayan adelantado estudios de contaduría pública en la Escuela Nacional de Comercio del Caribe, de Barranquilla, ciñéndose a anteriores planes oficiales de estudio sobre la materia, podrán incluirlos en las condiciones indicadas en tales disposiciones y planes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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