Artículo primero. A partir del primero de septiembre del corriente año se crea en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, una dependencia especial encargada de dirigir las actividades para la defensa del país, contra la fiebre aftosa, con la denominación, personal y asignaciones que a continuación se expresan: Dirección Nacional de la Campaña contra la Fiebre Aftosa. Un Director Técnico. $ 1.000.00 Un Coordinador Militar (con asignación cubierta por el Ministerio de Guerra) Dos Veterinarios, a $ 700 cada uno 1.400.00 Un Director de Divulgación 500.00 Un Contador 500.00 Una mecanotaquígrafa 350.00 Una Estenógrafa 200.00
Decreto 2860 de 1950 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2860 de 1950 · Por el cual se créa una dependencia en el Ministerio de Agricultura y Ganadería y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.