El 31 de diciembre de cada año, se cortarán las cuentas y se hará el balance general, la liquidación de las pérdidas y de los beneficios correspondientes al respectivo periodo fiscal, y la capitalización ordenada en el articulo once (11) de los presentes estatutos. CAPITULO NOVENO Disposiciones generales.
Decreto 1930 de 1964 →Vigente
Artículo 29
Decreto 1930 de 1964 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.