Apruébase el "Acuerdo Complementario de Cooperación sobre Energía Atómica para fines pacíficos entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de España", firmado en Bogotá el 20 de diciembre de 1980, cuyo texto es: ACUERDO COMPLEMENTARIO DE COOPERACION SOBRE ENERGIA ATOMlCA PARA FINES PACIFICOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y El GOBIERNO DE ESPAÑA Reconociendo las ventajas que se desprenden de una estrecha colaboración científica y tecnológica entre los dos países, orientada hacia el desarrollo de la utilización de la energía nuclear para fines pacíficos, y teniendo en cuenta que la investigación y el desarrollo en el campo de la energía nuclear requieren de una especial regulación, la que debe adecuarse a la evolución científica y tecnológica, y reflejarse en las especiales características de la cooperación internacional en esta materia. Considerando que se firmó un Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República de Colombia en Madrid, el 27 de junio de 1979 y reconociendo el común interés en el fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico en materia de energía nuclear, han convenido lo siguiente:
Ley 43 de 1985 →Vigente
Artículo 1
Ley 43 de 1985 · por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo Complementario de Cooperación sobre Energía Atómica para fines pacíficos entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de España", firmado en Bogotá, el 20 de diciembre de 1980.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.