Micelio

Artículo 1

Ley 37 de 1975 · por medio de la cual se aprueba el “Convenio de Cooperación Cultural y Científica entre Colombia y la Unión Soviética”, firmado el 3 de agosto de 1970.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

"Convenio de Cooperación Cultural y Científica con la Unión Soviética". El día 3 de agosto de 1970 el señor Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Alfonso López Michelsen firmó en la Cancillería con el señor Embajador del Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas señor Nicolai Belous. El siguiente Convenio de Cooperación Cultural y Científica, El Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas; Con el ánimo de fortalecer y fomentar las relaciones de amistad y cooperación entre pueblos de sus países sobre la base del respeto mutuo de la soberanía, de la independencia, de la igualdad y de la no ingerencia en los asuntos internos; Deseosos de promover el mutuo conocimiento de los logros alcanzados por los dos países en el desarrollo de la ciencia y la cultura. Han resuelto concluir el presente Convenio de Cooperación Cultural y Científica y para ese fin designaron como sus apoderados: El Gobierno de la República de Colombia al doctor Alfonso López Michelsen, Ministro de Relaciones Exteriores, El Gobierno de la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas a Su Excelencia el señor Nicolai Andrevich Belous, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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