Micelio

Artículo 6

Ley 9 de 1930 · SOBRE ASISTENCIA SOCIAL Y ESCUELAS DE TRABAJO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Tutelar, no comprendida la Escuela de Trabajo, está destinado a la guarda y educación de los menores que se hallen en cualquiera de los casos enumerados en el artículo 1.º El fin del Instituto es amparar a los menores hasta que se hallen en posibilidad de conducirse solos y de ganarse la vida honradamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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