Micelio

Artículo 11

Decreto 1361 de 1974 · Por el cual se reglamenta el Título VI del Libro Primero del Código de Comercio, sobre Cámaras de Comercio, y algunos artículos del Decreto-Ley 623 de 1974 sobre la Superintendencia de Industria y Comercio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los comerciantes inscritos o matriculados elegirán directamente a los directores de las Cámaras de Comercio, salvo a los representantes del Gobierno Nacional. Corresponderá sólo a los afiliados la elección de Directores de Cámaras de Comercio cuando éstas tengan más de trescientos comerciantes inscritos o matriculados, y sus afiliados sean de un número superior al 10% del total de los matriculados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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