De las bases y pistas. Para la aplicación aérea se considerán las siguientes bases y pistas
Base principal. Lugar donde la empresa tiene establecido el Centro Operacional de sus actividades y dispone de pista aprobada para uso permanente;
Base auxiliar. Es aquella que por razones de las actividades aeroagrícolas de las empresas exige la permanencia de una o más aeronaves fuera de la base principal por un período prolongado de tiempo;
Pista auxiliar. Es aquella que por necesidad de operación se utiliza esporádicamente. En ésta sólo se pueden efectuar operaciones de aprovisionamiento de combustibles y productos de aplicación aeroagrícola. En ningún caso se puede efectuar el lavado de aeronaves y equipos de aplicación.
Los aviones y helicópteros dedicados a labores de fumigación deben operar únicamente desde las pistas y helipuertos autorizados por el Departamento Administrativo de la Aeronáutica Civil en los permisos de operación otorgados a las empresas de aviación agrícola.