Juzgamiento del Presidente de la República . El artículo 174 de la Constitución Política quedará así. Artículo 174 . El Senado de la República conocerá de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces y contra los Miembros del Consejo Superior de la Judicatura. En este caso sólo conocerá por hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de sus cargos o con ocasión de los mismos.
Decreto 253 de 2001 →Vigente
Artículo 14
Decreto 253 de 2001 · por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo, "por el cual se adopta una reforma política constitucional y se dictan otras disposiciones".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.