Artículo once. Con el propósito de asesorar a la Dirección del Proyecto se constituye un Consejo Consultivo integrado así: los codirectores, un representante de la República Federal de Alemania y un representante del Ministerio de Agricultura, todos con voz y voto. El Consejo elaborará su propio reglamento y se reunirá ordinariamente una vez al mes o extraordinariamente, a solicitud de cualquiera de sus miembros. A las reuniones del Consejo asistirá con derecho a voz el profesor-coordinador a que se refiere el
del artículo primero de este Decreto.