Art. 96. Al fin de cada año escolar se celebrará entre los alumnos, durante los exámenes, un concurso que versará sobre una tesis designada por el Director, y ante un Consejo de calificación, nombrado por el Rector de la Facultad de Medicina. El orden numérico de calificación dará derecho al primero á un premio ó diploma de distinción discernido por el Ministro de Instrucción Pública, y el segundo á un accésit.
Decreto 1238 de 1892 →Vigente
Artículo 96
Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.