Micelio

Artículo 7

Del Decreto Legislativo Número 3842 De 1949, El Personal Y Asignaciones De Los Organismos De Salubridad Mencionados En El Artículo Anterior, Serán Los Siguientes:

Decreto 537 de 2025 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Centro Mixto de Salud de Rio frio para la Zona Bananera y se reorganiza dicha entidad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto legislativo número 3842 de 1949, el personal y asignaciones de los Organismos de Salubridad mencionados en el artículo anterior, serán los siguientes:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 537 de 2025