Micelio

Artículo 21

Los Servicios Públicos De Acueducto Quedan En Su Funcionamiento Sujetos A La Inmediata Inspección De Las Autoridades Dependientes De La Dirección Nacional De Higiene, Y A Las Disposiciones Que Tal Entidad Dicten Sobre La Materia, Y Cumplir Las Medidas Que Para Garantizar La Salud De Los Habitantes Llegue A Tomar Ese Departamento

Decreto 1606 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 109 de 1936

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los servicios públicos de acueducto quedan en su funcionamiento sujetos a la inmediata inspección de las autoridades dependientes de la Dirección Nacional de Higiene, y a las disposiciones que tal entidad dicten sobre la materia, y cumplir las medidas que para garantizar la salud de los habitantes llegue a tomar ese Departamento.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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