Porcentaje de la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX, para personas naturales que generan ingresos provenientes de la prestación de sus servicios a través de una vinculación laboral de cualquier tipo. El porcentaje de la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX aplicable a las personas naturales que generan ingresos provenientes de la prestación de sus servicios, a través de una vinculación laboral de cualquier tipo, será proporcional a los ingresos percibidos por aquellas considerando los valores anuales de los desembolsos de la nueva obligación y acorde con los porcentajes que se incluyen en la siguiente tabla:
Cuando por inicio o terminación de la prestación del servicio resulte un periodo inferior a un (1) mes, la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX se efectuará sobre el valor proporcional según el número de días que corresponda.