Votación. Las votaciones para recomendar o decidir pueden ser abiertas, nominales y secretas. En las votaciones abiertas, quien preside la Junta, preguntara a esta si aprueba o niega tal o cual asunto y los miembros de la Junta darán o no su asentimiento. En las votaciones nominales cada uno de los Oficiales, iniciando por el menos antiguo, responderá afirmativa o negativamente sobre el aspecto puesto en consideración. Cuando a petición de un miembro de la Junta, el presidente de ella optare por la votación secreta, a cada miembro de ella se entregaran dos balotas, una blanca o afirmativa y una negra o negativa. En el momento de votar cada Oficial colocará en una bolsa la balota que corresponda a su voto.
Decreto 2260 de 1973 →Vigente
Artículo 10
Votación
Decreto 2260 de 1973 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa Nacional para las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.