Micelio

Artículo 23

Cuando El Secretario Tenga Que Dar Alguna Certificación, Lo Hará Tan Solo Previa Autorización Del Presidente, Y Sobre Aquellos Hechos Que Aparezcan O Resulten De Los Documentos Existentes En La Secretaria, Refiriéndose A Ellos

Decreto 463 de 1964 · por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 7 de 1963 (febrero 19), del Consejo Intendencial del Caquetá, sobre el reglamento para el funcionamiento interno del Consejo.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando el Secretario tenga que dar alguna certificación, lo hará tan solo previa autorización del Presidente, y sobre aquellos hechos que aparezcan o resulten de los documentos existentes en la Secretaria, refiriéndose a ellos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 463 de 1964