Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1065 de 1999 · por el cual dictan medidas en relación con la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero s.a., se reestructura el "Banco de Desarrollo Empresarial S.A." y se le trasladan algunas funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Administración. Durante la liquidación de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero será administrada por una Junta Asesora y un Gerente Liquidador y estará vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. La Junta Asesora cumplirá las funciones de la Asamblea General de Accionistas y las de la Junta Directiva de la entidad. La Junta estará conformada por el Ministro de Hacienda o su delegado y cuatro (4) miembros con sus respectivos suplentes, designados por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, quienes no requieren ser servidores públicos. La Presidencia de la Junta Asesora será ejercida por alguno de sus miembros, según designación hecha por ellos mismos. El gerente liquidador será un empleado público de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República y será el representante legal de la entidad.

Parágrafo

Hasta tanto tome posesión el Gerente Liquidador, sus funciones serán ejercidas por el representante legal de la entidad en liquidación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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