Adiciónase el inciso primero del artículo 532 del Estatuto Tributario con la siguiente frase:
Cuando se contrate con entidades públicas, la totalidad del impuesto lo pagará el contratista.
Contratos Con Entidades Públicas
Ley 6 de 1992 · LEY 6 DE 1992, 30/06/1992, Por la cual se expiden normas en materia tributaria, se otorgan facultades para emitir títulos de deuda pública interna, se dispone un ajuste de pensiones del sector público nacional y se dictan otras disposiciones
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Adiciónase el inciso primero del artículo 532 del Estatuto Tributario con la siguiente frase:
Cuando se contrate con entidades públicas, la totalidad del impuesto lo pagará el contratista.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.