°. Las máquinas, enseres y demás elementos de las Imprentas indicadas y de la Nacional que se hallen inservibles y que no se utilicen en el taller de reparaciones de la Imprenta, serán entregados, previa autorización del Ministerio de Gobierno, bajo inventario, al Departamento Nacional de Provisiones, para que esta entidad proceda a darles el destino que el Gobierno crea conveniente.
Decreto 1106 de 1952 →Vigente
Artículo 8
Las Máquinas, Enseres Y Demás Elementos De Las Imprentas Indicadas Y De La Nacional Que Se Hallen Inservibles Y Que No Se Utilicen En El Taller De Reparaciones De La Imprenta, Serán Entregados, Previa Autorización Del Ministerio De Gobierno, Bajo Inventario, Al Departamento Nacional De Provisiones, Para Que Esta Entidad Proceda A Darles El Destino Que El Gobierno Crea Conveniente
Decreto 1106 de 1952 · Por el cual se reorganiza la Imprenta Nacional y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.