º. Las exportaciones de los productos que clasifican por las siguientes subpartidas del Arancel de Aduanas, que se embarquen a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto, tendrán los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario, CERT que se indican a continuación: Panamá, Aruba, Bonaire y Curacao Estados Unidos y Puerto Rico Resto del mundo 030613 10,0 10,0 10,0 0803001200 0,0 13,0 13,0 0803001910 0,0 13,0 13,0 0803001990 0,0 13,0 13,0 3907600010 7,6 7,6 7,6 5503200000 7,6 7,6 7,6
Artículo 1
Las Exportaciones De Los Productos Que Clasifican Por Las Siguientes Subpartidas Del Arancel De Aduanas, Que Se Embarquen A Partir De La Fecha De Vigencia Del Presente Decreto, Tendrán Los Niveles Porcentuales Del Certificado De Reembolso Tributario, Cert Que Se Indican A Continuación: Panamá, Aruba, Bonaire Y Curacao Estados Unidos Y Puerto Rico Resto Del Mundo 030613 10,0 10,0 10,0 0803001200 0,0 13,0 13,0 0803001910 0,0 13,0 13,0 0803001990 0,0 13,0 13,0 3907600010 7,6 7,6 7,6 5503200000 7,6 7,6 7,6 Texto Correspondiente A [ Mostrar ] Modificado Artículo 1 Decreto 2287 De 1996
Decreto 2258 de 1996 · por el cual se modifican temporalmente los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario, CERT.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.