Artículo quinto : Serán funciones de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior (ICETEX), las siguientes
Expedir su propio reglamento;
Proponer al Gobierno Nacional las medidas que estime necesarias para obtener una mayor eficiencia en los servicios del Instituto;
Aprobar: 1.º La creación de los cargos que crea convenientes y la fijación de sus asignaciones, cuando estas no excedan a la suma de ochocientos pesos ($800. 00); de ahí en adelante, se exigirá la aprobación del Gobierno Nacional. 2.º Los nombramientos que haga el Director; 3.º Los planes de selección de estudiantes que habrán de disfrutar de préstamos concedidos por el Instituto; 4.º La lista de los candidatos que, por sus méritos, sean acreedores a los referidos préstamos; 5.º Los contratos con personas naturales o jurídicas para la creación de fondos en el Instituto; 6.º El presupuesto anual del Instituto; 7.º Las universidades extranjeras en las cuales podrán hacer estudios los estudiantes o profesionales colombianos.