Micelio

Artículo 145

El Señor Administrador De Rentas Celebrará Los Contratos De Arrendamiento De Locales Para Las Colecturías Y Recaudaciones, Y De Potreros Para Las Bestias Del Resguardo, Los Que Requieren Para Su Validez La Aprobación De La Intendencia Y La Publicación En La Gaceta Del Meta

Decreto 133 de 1940 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 6 de 1939, diciembre 14, dictado por la Junta de Obras Publicas de La Intendencia Nacional del Meta, sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal de 1940

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El señor Administrador de Rentas celebrará los contratos de arrendamiento de locales para las Colecturías y Recaudaciones, y de potreros para las bestias del Resguardo, los que requieren para su validez la aprobación de la Intendencia y la publicación en la Gaceta del Meta.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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